CAÑETE: FISCAL SUSPENDIDO POR LIBERAR A LOS “GOTA A GOTA” SE NEGÓ A DECLARAR PARA LA PRENSA.

CONTROL POLÍTICO: DE SUSPENSION Y VACANCIA, EN IMPERIAL Y ASIA


Por Vladimir Alexander Rojas Hinostroza
En menos de 24 horas, ha variado el “barómetro” de sanciones políticas a alcaldes distritales a nivel nacional. Los escenarios han sido los distritos de Imperial y Asia en la provincia de Cañete. ¿Las acciones de suspensión y vacancia han sido debidamente aplicadas? Analicemos.
En el primer caso, a Eddy del Mazo (alcalde de Imperial), los regidores le venían requiriendo el cambio de su Gerente Municipal, y de Obras, la falta de entrega de información, incongruencias en la ejecución de obras, entre otros. Es decir, le reclamaron “orden administrativo”, pero ello no es causal de suspensión, en ningún municipio de Tacna a Tumbes. Ahora si su reglamento interno recién fue publicado, tampoco pueden aplicarlo en forma retroactiva.
Podría entenderse, que la aparente “falta de transparencia” los haya llevado a declarar en “falta grave” a Del Mazo Tello, y con ello suspenderlo; pero es conocido por todos, que si alguien no te da información, la autoridad o funcionario puede ser denunciado penalmente. En buen romance, el Concejo de Imperial habría excedido sus funciones, incurrido en abuso de autoridad, y con ello el alcalde imperialino tendría servida la mesa para interponer acciones legales.
Situación distinta se dio en Asia. La sonrisa de José Arias al finalizar la Sesión de Concejo nos trae a colación algunos datos obviados. Por ejemplo, cuando la autoridad edil tenía orden de detención, el Concejo de Asia le otorgó licencia, la cual amplió cuando Arias obtuvo su “victoria” con el Hábeas Corpus a su favor. Así las cosas, la causal de ausencia injustificada no tendría sustento alguno para haberse declarado su vacancia.
No obstante lo anterior, todo el mundo sabe, que con el Hábeas Corpus a su favor, todos los actos y amenazas a la “libertad individual y derechos conexos” de José Arias vuelven a su estado anterior, es decir, desaparecen. Por lo que a nivel administrativo no se puede sancionar, si la “justificación” ha sido desechada en el campo penal. Y debo precisar, que estoy hablando de la denominada “ausencia injustificada”, otra cosa es la responsabilidad penal que se le atribuye en el caso telefónica, eso es tema de otro cantar.
Como puede apreciarse, más que buscar un festín político, se requiere empoderar la labor de los regidores, porque suele ocurrir que la vehemencia conduce a cometer errores, como los que se advierten en Imperial y Asia. La autoridad edil debe ser fiscalizada y denunciada, nadie niega ello si se comprueban hechos indebidos; pero los regidores deben proceder con sumo cuidado para no incurrir en infracciones, y proceder eficazmente con la labor por la que fueron elegidos.

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