CAÑETE: FISCAL SUSPENDIDO POR LIBERAR A LOS “GOTA A GOTA” SE NEGÓ A DECLARAR PARA LA PRENSA.

VACANCIA A MARIA MONTOYA (SEGUNDA PARTE)


Por Vladimir Alexander Rojas Hinostroza
Cañete, tiene muchos problemas reales que atender, sin embargo a veces la miseria periodística busca desatender a la opinión pública en algunos líos (o circos) personales, como el que protagoniza un “impronunciable” personaje quien alardea de su “mentecata” vacancia a María Montoya. No pretendo ser defensor de la alcaldesa, pero existen justificadas razones para desechar tal pedido.
En una columna anterior, señale que el pago de bonificaciones en un gobierno local no puede ser considerado como una restricción contractual prohibida en la Ley Orgánica de Municipalidades, con la consecuencia de la vacancia de la autoridad municipal, dado que ello no esta normado en dicha ley.
La prohibición recién nace de “una interpretación” que en el 2011 realizó el JNE para colocar tal situación como un acto prohibido, del cual el año 2012 el propio JNE terminó confundiendo el panorama y señaló que la autoridad que cobro indebidamente una bonificación no puede ser vacada si demuestra que devolvió lo que no debió recibir.
Castiglioni en el diario El Comercio indica “Si robas, aún cuando devuelvas el dinero, ya cometiste un delito”, pero está completamente equivocado. Para muestra de ello, basta revisar lo que dicen los especialistas en Derecho Penal, y que ha sido señalado en el dictamen que emitió el Ministerio Público de Cañete, donde se informa que no “ha existido actitud de obligar o hacer cumplir algo bajo presión”, por eso es que desechan el delito de concusión (todo ello está como medio probatorio que anexa tan singular personaje).
Además que nadie en su sano juicio podría indicar que los “cobros indebidos” que a veces se presentan en la SUNAT, ameritaría denunciar al Estado Peruano, o a sus funcionarios. Para ello existe el proceso de “devolución de pagos indebidos o en exceso” que es un procedimiento legal que está regulado en el Código Tributario.
Ahora bien, la Resolución 671-2012-JNE ha establecido, que si la autoridad demuestra haber devuelto el dinero recibido por bonificación no se la vaca y punto. Y así lo han resuelto, los municipios de San Martín de Porres, Villa El Salvador, y Santa Anita en la provincia de Lima, de Barranca, y de Ilo en Moquegua en forma reciente, ante el caso similar que se presenta en Cañete.
Dicho ello, ¿por qué el Concejo Provincial de Cañete no convoca de una vez a sesión extraordinaria para dilucidar este tema? ¿O es que les encanta la peliculina, o se estarán mofando de algún negociado frustrado que habría detrás de la vacancia de la alcaldesa de Cañete? Esperemos, aunque creo que el plazo ya está vencido.

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