YAUYOS: LADRONES SACRÍLEGOS ROBAN EN IGLESIA DE OMAS

Cañete: Mateo Silva-Martinot saldrá libre

(VIDEOS) El Juzgado de Paz Letrado de Asia (Cañete) sentenció a cuatro años de prisión suspendida a Mateo Silva-Martinot Durand, hijo del exministro de Comercio Exterior José Luis Silva-Martinot, luego de que este se acogió a un proceso de terminación anticipada en la causa que se le sigue por atropellar al joven Alejandro Ballón Siles, el 14 de marzo de este año, en el bulevar de Asia.

La pena impuesta fue producto de un acuerdo aprobado, sin oposición alguna, entre el agraviado Ballón Siles, el encausado Silva-Martinot, el representante del Ministerio Público y el procurador del Ministerio del Interior, quienes se constituyeron en partes procesales en este caso.

Como parte del acuerdo, también se le impone a Silva-Martinot el pago de una reparación civil de S/.300 mil a Ballón Siles, S/.13 mil a favor del Ministerio del Interior y la inhabilitación para conducir un vehículo motorizado por cuatro años.

Se detalló que Mateo Silva-Martinot debe abonar una primera armada de S/.100 mil como condición para recuperar la libertad, siempre que no tenga otro proceso con mandato de detención. Luego, cada quincena de mes debe depositar S/.50 mil.

Silva-Martinot admitió su responsabilidad en los delitos de lesiones culposas graves, omisión de socorro a personas en peligro, y desobediencia y resistencia a la autoridad, que le atribuyó el Ministerio Público.

Asimismo, manifestó su arrepentimiento por el atropello contra Ballón Siles, y pidió perdón a la víctima y su familia por el daño causado.

El proceso de terminación anticipada es una figura penal establecida en el nuevo Código Procesal Penal, que tiene por propósito concluir una causa penal de manera célere, observando determinadas reglas.

En este caso, el juez no participa en las tratativas que realizan los sujetos procesales para la imposición de la pena ni el pago de reparación civil. Su participación consiste en verificar que lo acordado por las partes esté encuadrado en la ley antes de emitir la sentencia aprobatoria. (Perú 21)

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