Gobiernos regionales y locales podrán destinar recursos para mejoramiento de viviendas en extrema pobreza
Beneficiarios serán seleccionados en base información del Mapa de Pobreza del INEI, según Decreto de Urgencia
Beneficiarios serán seleccionados en base información del Mapa de Pobreza del INEI, según Decreto de Urgencia
Viviendas en extrema pobreza serán beneficiadas con recursos de gobiernos regionales y locales.
El Poder Ejecutivo publicó hoy el decreto de urgencia que promulgó en la víspera el presidente de la República, Alan García, y el cual autoriza a los gobiernos regionales y locales a usar parte de los recursos obtenidos por concepto de canon, sobrecanon y regalías mineras, para destinarlos al mejoramiento de las viviendas de familias en situación de extrema pobreza.
El mejoramiento de las viviendas involucradas será posible mediante la implementación de cocinas mejoradas certificadas, provisión de agua segura y manejo de excretas.
La norma señala que los recursos que se destinen al apoyo de líneas de acciones vinculadas al mejoramiento de la vivienda no podrán exceder el cinco por ciento del total de recursos que resulten de la aplicación del Decreto de Urgencia N° 060-2009, publica el 14 de mayo del presente año.
Este decreto autorizó (hasta diciembre del 2010) que se destine hasta el 50 por ciento de los recursos que obtenían los gobiernos regionales y locales por concepto del canon y sobrecanon y la regalía minera exclusivamente para el mantenimiento de infraestructura de impacto regional y local, priorizando infraestructura básica.
El decreto publicado hoy establece que los hogares beneficiarios de la implementación de las cocinas mejoradas certificadas, provisión de agua segura y manejo de excretas serán aquellos en condición de extrema pobreza ubicados en el ámbito de la sierra.
Los hogares beneficiarios deberán ser seleccionados sobre la base de la información contenida en el Mapa de Pobreza del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) o de los Padrones de Hogares elaborados por entidades públicas que operan en la zona.
Mientras que el Ministerio de Salud y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en el ámbito de sus respectivas competencias, expedirán, de ser necesario, las disposiciones complementarias para la mejor aplicación de lo establecido por el Poder Ejecutivo.
El Poder Ejecutivo indicó que el Estado, en sus diferentes instancias viene desarrollando importantes esfuerzos en la lucha contra la pobreza y la desnutrición, así como el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
Sin embargo, agregó que estos esfuerzos podrían verse afectados por la crisis económica internacional en caso que no se tomen medidas urgentes, especialmente en las localidades con mayores de niveles de pobreza extrema.
“Resulta pertinente apoyar esas líneas de intervención con medidas que complementen dichos esfuerzos, por lo que se requiere que los gobiernos regionales y locales reorienten, de manera temporal, recursos destinados a aspectos específicos de salud y nutrición”, refirió.
En consecuencia, enfatizó que resulta necesario dictar una medida extraordinaria en materia económica y financiera que permita a diversos gobiernos regionales y locales destinar recursos para apoyar líneas de acción vinculadas al mejoramiento de la vivienda en situación de extrema pobreza.
El mejoramiento de las viviendas involucradas será posible mediante la implementación de cocinas mejoradas certificadas, provisión de agua segura y manejo de excretas.
La norma señala que los recursos que se destinen al apoyo de líneas de acciones vinculadas al mejoramiento de la vivienda no podrán exceder el cinco por ciento del total de recursos que resulten de la aplicación del Decreto de Urgencia N° 060-2009, publica el 14 de mayo del presente año.
Este decreto autorizó (hasta diciembre del 2010) que se destine hasta el 50 por ciento de los recursos que obtenían los gobiernos regionales y locales por concepto del canon y sobrecanon y la regalía minera exclusivamente para el mantenimiento de infraestructura de impacto regional y local, priorizando infraestructura básica.
El decreto publicado hoy establece que los hogares beneficiarios de la implementación de las cocinas mejoradas certificadas, provisión de agua segura y manejo de excretas serán aquellos en condición de extrema pobreza ubicados en el ámbito de la sierra.
Los hogares beneficiarios deberán ser seleccionados sobre la base de la información contenida en el Mapa de Pobreza del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) o de los Padrones de Hogares elaborados por entidades públicas que operan en la zona.
Mientras que el Ministerio de Salud y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en el ámbito de sus respectivas competencias, expedirán, de ser necesario, las disposiciones complementarias para la mejor aplicación de lo establecido por el Poder Ejecutivo.
El Poder Ejecutivo indicó que el Estado, en sus diferentes instancias viene desarrollando importantes esfuerzos en la lucha contra la pobreza y la desnutrición, así como el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
Sin embargo, agregó que estos esfuerzos podrían verse afectados por la crisis económica internacional en caso que no se tomen medidas urgentes, especialmente en las localidades con mayores de niveles de pobreza extrema.
“Resulta pertinente apoyar esas líneas de intervención con medidas que complementen dichos esfuerzos, por lo que se requiere que los gobiernos regionales y locales reorienten, de manera temporal, recursos destinados a aspectos específicos de salud y nutrición”, refirió.
En consecuencia, enfatizó que resulta necesario dictar una medida extraordinaria en materia económica y financiera que permita a diversos gobiernos regionales y locales destinar recursos para apoyar líneas de acción vinculadas al mejoramiento de la vivienda en situación de extrema pobreza.
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