La Municipalidad Distrital de Cerro Azul en la provincia de Cañete, mediante Ordenanza N° 009-2010/MDCA fechada el 27 de Mayo de 2010, dispuso la celebración del Matrimonio Comunitario, que se llevará a cabo el día sábado 14 de agosto de 2010, a horas 7:00 p.m. en el frontis de la Municipalidad, para lo cual todas las personas interesadas en acogerse a este beneficio podrán inscribirse en la Oficina de Registro Civil, desde el día lunes 14 de junio al martes 03 de agosto/2010.
Señala la norma edil, que también se ha aprobado exonerar del pago de las tasas por concepto de apertura de expedientes, ceremonia, edicto y constancia matrimonial, a los contrayentes que se inscriban para la ceremonia civil comunitaria, así como de la publicación de los avisos en el diario oficial de mayor circulación.
Dentro del periodo de inscripciones, los contrayentes deberán presentarse ante la Municipalidad, Oficina de Registro Civil, con dos testigos, con los siguientes documentos:
- Solicitud de matrimonio
- Documento de Identidad (DNI)
- Copias Certificadas de partidas de Nacimiento Actualizadas
- Certificado de salud y Constancia de Consejería.
- Diligenciar Formato de Declaración Jurada de Soltería y de Domicilio.
La ceremonia nupcial coincidirá con los actos celebratorios por el aniversario de creación política del distrito cerroazuleño, en agosto próximo, teniendo como propósito coadyuvar al fortalecimiento de la unidad familiar, por cuanto la familia constituye el núcleo básico de la sociedad, y en este sentido, debe brindarse las facilidades del caso a fin de regularizar la situación del estado civil mediante la unión matrimonial de aquellas parejas que se encuentran en condiciones de convivencia, exonerándose de las tasas que por Matrimonio Civil se consignan en el Texto único Ordenado de Procedimientos Administrativos – TUPA aprobado por Ordenanza Nº 007-2002/MDCA.
Esta ordenanza lleva la firma de Diego Moisés Quispe Gonzáles alcalde encargado de l comuna del distrito cañetano de Cerro Azul. (Elarquim).
Dentro del periodo de inscripciones, los contrayentes deberán presentarse ante la Municipalidad, Oficina de Registro Civil, con dos testigos, con los siguientes documentos:
- Solicitud de matrimonio
- Documento de Identidad (DNI)
- Copias Certificadas de partidas de Nacimiento Actualizadas
- Certificado de salud y Constancia de Consejería.
- Diligenciar Formato de Declaración Jurada de Soltería y de Domicilio.
La ceremonia nupcial coincidirá con los actos celebratorios por el aniversario de creación política del distrito cerroazuleño, en agosto próximo, teniendo como propósito coadyuvar al fortalecimiento de la unidad familiar, por cuanto la familia constituye el núcleo básico de la sociedad, y en este sentido, debe brindarse las facilidades del caso a fin de regularizar la situación del estado civil mediante la unión matrimonial de aquellas parejas que se encuentran en condiciones de convivencia, exonerándose de las tasas que por Matrimonio Civil se consignan en el Texto único Ordenado de Procedimientos Administrativos – TUPA aprobado por Ordenanza Nº 007-2002/MDCA.
Esta ordenanza lleva la firma de Diego Moisés Quispe Gonzáles alcalde encargado de l comuna del distrito cañetano de Cerro Azul. (Elarquim).
Comentarios