En menos de 24 horas, ha variado el “barómetro” de sanciones políticas
a alcaldes distritales a nivel nacional. Los escenarios han sido los distritos
de Imperial y Asia en la provincia de Cañete. ¿Las acciones de suspensión y
vacancia han sido debidamente aplicadas? Analicemos.
En el primer caso, a Eddy del Mazo (alcalde de Imperial), los regidores
le venían requiriendo el cambio de su Gerente Municipal, y de Obras, la falta
de entrega de información, incongruencias en la ejecución de obras, entre
otros. Es decir, le reclamaron “orden administrativo”, pero ello no es causal
de suspensión, en ningún municipio de Tacna a Tumbes. Ahora si su reglamento
interno recién fue publicado, tampoco pueden aplicarlo en forma retroactiva.
Podría entenderse, que la aparente “falta de transparencia” los haya
llevado a declarar en “falta grave” a Del Mazo Tello, y con ello suspenderlo;
pero es conocido por todos, que si alguien no te da información, la autoridad o
funcionario puede ser denunciado penalmente. En buen romance, el Concejo de
Imperial habría excedido sus funciones, incurrido en abuso de autoridad, y con
ello el alcalde imperialino tendría servida la mesa para interponer acciones
legales.
Situación distinta se dio en Asia. La sonrisa de José Arias al
finalizar la Sesión de Concejo nos trae a colación algunos datos obviados. Por
ejemplo, cuando la autoridad edil tenía orden de detención, el Concejo de Asia
le otorgó licencia, la cual amplió cuando Arias obtuvo su “victoria” con el
Hábeas Corpus a su favor. Así las cosas, la causal de ausencia injustificada no
tendría sustento alguno para haberse declarado su vacancia.
No obstante lo anterior, todo el mundo sabe, que con el Hábeas Corpus a
su favor, todos los actos y amenazas a la “libertad individual y derechos
conexos” de José Arias vuelven a su estado anterior, es decir, desaparecen. Por
lo que a nivel administrativo no se puede sancionar, si la “justificación” ha
sido desechada en el campo penal. Y debo precisar, que estoy hablando de la
denominada “ausencia injustificada”, otra cosa es la responsabilidad penal que
se le atribuye en el caso telefónica, eso es tema de otro cantar.
Como puede apreciarse, más que buscar un festín político, se requiere
empoderar la labor de los regidores, porque suele ocurrir que la vehemencia
conduce a cometer errores, como los que se advierten en Imperial y Asia. La
autoridad edil debe ser fiscalizada y denunciada, nadie niega ello si se
comprueban hechos indebidos; pero los regidores deben proceder con sumo cuidado
para no incurrir en infracciones, y proceder eficazmente con la labor por la
que fueron elegidos.
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