Por Vladimir Alexander Rojas
Hinostroza
Pareciera que existe un
desconcierto entre las autoridades, de saber quién iniciará la siguiente
estrategia que persiga la definición del límite territorial de Cañete. En lo
único en que coinciden es en señalar que: “Insistiremos ante la PCM para que se
actualice el proyecto de ley de los límites de Cañete, y se presente al
congreso, ese será el siguiente paso”. Con semejante respuesta, se presentan
dos escenarios:
1) ¿actualizar el proyecto de
ley, involucra actualizar el Informe 001-2004 de la Dirección Nacional Técnica
de Demarcación Territorial (DNTDM)?;
2) ¿sólo la PCM tiene
iniciativa legislativa para presentar el proyecto de ley (hacer el oficio)?
Sobre la primera interrogante,
cabría señalar que lo único que debería actualizarse en el Informe 001-2004 es
la ubicación (km.) de la Quebrada de Topará de acuerdo a la nueva Carretera
Panamericana Sur. Pero esto último se puede resolver en el propio congreso,
cuando el proyecto de Ley se presente, y se emitan los dictámenes respectivos.
Respecto a la segunda pregunta, debe indicarse que en materia de demarcación
territorial, la DNTDM elabora el expediente, y la PCM presenta el proyecto de
Ley al congreso. En el caso Cañete vs. Chincha, la iniciativa legal se
presentó, nunca se debatió, y se archivó, y así concluyó el “episodio
parlamentario” del cuál no podemos levantarnos.
Pese a ello, ya existe el
Informe 001-2004, y ahora todo dependería de la “buena voluntad” de la PCM para
que vuelva a presentar el proyecto de Ley. Pero ¿qué ocurriría, si la PCM nunca
se atreve a presentarlo?, ¿debemos dejar pasar más tiempo, para que la PCM
cumpla un simple “trámite” de redactar un oficio con el texto del proyecto de
Ley que ya existe? PUES NO, la PCM debe hacer ese oficio (una labor que no es
intelectual ni dolorosa). Pero si no lo hace, ¿por qué la iniciativa legal no
nace de la MPC, del GRL, o de los 4 congresistas de nuestra región?
Alguien dirá, que ello va en
contra de la Ley 27795 y su reglamento, dado que ahí se establece que la PCM
tiene que formular la iniciativa legal. Y parece que así razonan “nuestras
autoridades”, y están esperando la “buena voluntad de la PCM”, o es que han
olvidado que la Constitución está por encima de cualquier norma, y ella
consagra el derecho de iniciativa legislativa a favor de los gobiernos
regionales y locales. El tema es debatible.
Pero, sino quieren debatir
nuestras autoridades, díganme ¿cuánto tiempo ha pasado, y alguien ha solicitado
formalmente que el titular de la PCM “cumpla el mandato” de la Ley 27795?
Porque de no cumplir el mandato, por qué no promover una acción de
cumplimiento, y en el peor de los casos, denunciarlo penalmente por
incumplimiento de sus funciones.
Deseo concluir, este humilde
aporte, con uno adicional. La eventual afectación territorial a la provincia de
Cañete, también es una afectación departamental; y Lima tiene más congresistas
que las otras regiones. Empiecen con el trabajo persuasivo de una vez.
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