Por Juan Vladimir Rojas Hinostroza
Mediante Resolución N° 0196-2013-JNE del 4 de marzo del 2013, ha resuelto CONVOCAR a la segunda consulta
popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales para el día
domingo 7 de julio de 2013 en Cañete en los distritos de Coayllo, Nuevo
Imperial, San Luis y Asia. Así como en Tanta, San Joaquín, Huantan, Huampara,
Cacra y Allauca en la provincia de Yauyos.
Precisa el órgano electoral que se ha dispuesto que la Dirección
Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones disponga las
acciones pertinentes para la formulación del presupuesto requerido para el
desarrollo del proceso de consulta popular convocado.
La presente resolución ha sido puesta en conocimiento de la Presidencia
del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio
del Interior, del Ministerio de Defensa, de la Contraloría General de la
República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, del Poder
Judicial, del Ministerio Público, del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines
pertinentes.
Cabe precisar que la convocatoria a la presente consulta popular de
revocatoria se efectuará respetando estrictamente el contenido de la solicitud
presentada por los promotores, salvo que, a la fecha de la presente
convocatoria, se verifique que la autoridad respecto de quien se ha solicitado
la revocación ya se encuentre vacada en su cargo mediante resolución firme.
Recordemos que la revocatoria del mandato municipal de alcaldes y
regidores es un derecho de control ciudadano consagrado en los artículos 2,
numeral 17, y 31 de la Constitución Política del Perú, y se encuentra regulado
en la Ley N.° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos
(en adelante, LDPCC), como un proceso electoral de consulta popular.
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