Mediante resolución N°
935-2013-JNE del 9 de octubre del 2013 los magistrados del máximo ente
electoral de nuestro país restablece a rosa Liliana torres castillo en sus
funciones como consejera regional de cañete.
En la parte considerativa de
la mencionada resolución se evalúa y analiza los siguientes puntos:
1. Mediante la Resolución N.° 627-2013-JNE, del 1 de julio
de 2013, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones dejó sin efecto la
credencial de Rosa Liliana Torres Castillo, consejera del Gobierno Regional de
Lima, por tener una pena de inhabilitación vigente (fojas 106 a 107).
Cabe destacar que dicha
resolución tuvo como base la sentencia emitida por la Sala Penal Liquidadora
Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Cañete, de fecha 7 de junio de
2013, que condenó a la ciudadana antes mencionada como cómplice primaria del
delito contra la Administración Pública, en la modalidad de colusión
defraudatoria, en agravio del Estado y la Municipalidad Distrital de Asia, y se
le impuso la pena de cuatro años de pena privativa de la libertad, suspendida
en su ejecución por el periodo de prueba de tres años, así como se le impuso la
pena de inhabilitación para ejercer cargo público por el plazo de dos años. En
ese sentido, dado que el proceso penal se sustanció en base al Código de
Procedimientos Penales y en mérito del Acuerdo Plenario N.° 10-2009/CJ-116, se
concluyó que correspondía inhabilitar a la autoridad cuestionada.
2. Sin embargo, por medio del Oficio N.°
784-2013-S-SPT-CS/PJ, Diny Yurianieva Chávez Veramendi, secretaria de la Sala
Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República remitió
copias certificadas de la Ejecutoria Suprema, de fecha 16 de setiembre de 2013,
mediante la cual el órgano jurisdiccional ordinario resolvió el Recurso de
Nulidad N.° 2160-2013, en el cual declaró la nulidad de la sentencia
condenatoria antes referida, así como dispuso se realice un nuevo juicio oral
por otro colegiado superior (fojas 145 a 151).
En consecuencia, en vista de
que la Corte Suprema declaró nula la sentencia penal condenatoria, no existe
una pena de inhabilitación vigente contra Rosa Liliana Torres Castillo, por lo
cual, ante la existencia de nuevos hechos, estos deben ser valorados por este
Supremo Tribunal Electoral, sin desmedro de que, a efectos de no vulnerar su
derecho a ejercer el cargo por el que fue electa como consejera titular de la
corporación regional, corresponde que este órgano colegiado restablezca la
vigencia de las credenciales que le fueran otorgadas.
3. En suma, corresponde dejar sin efecto la credencial
otorgada a Mercedes María Misari Lamapunca de Ayllón, quien asumió
provisionalmente el cargo de consejera del Gobierno Regional de Lima, convocada
mediante la Resolución N.° 627-2013-JNE, y restablecer la vigencia de la
credencial de la consejera regional a Rosa Liliana Torres Castillo.
Por lo tanto, el Pleno del
Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo primero.- DEJAR SIN
EFECTO la credencial otorgada a Mercedes María Misari Lamapunca de Ayllón, que
la acreditó en forma provisional en el cargo de consejera del Gobierno Regional
de Lima, conforme fuera dispuesto por la Resolución N.° 627-2013-JNE.
Artículo segundo.- RESTABLECER
la vigencia de la credencial que le fuera otorgada a Rosa Liliana Torres
Castillo como consejera del Gobierno Regional de Lima.
Regístrese, comuníquese y
publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
VELARDE URDANIVIA
Samaniego Monzón
Secretario General
tgc/gyro
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