
Indicó que el trabajo del organismo
electoral durante el 2015 será muy activo como el año anterior, debido
principalmente a las elecciones complementarias, cuyo cronograma electoral ya
está vigente e inicia actividades este mes de enero.
Este año, además, se dará comienzo al
cronograma de las elecciones generales 2016 con actividades preliminares
previstas por el máximo ente electoral.
Hasta la fecha, los partidos políticos
que ya se encuentran inscritos en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP)
del JNE suman 20, por lo cual se encontrarían habilitados para la contienda
general del año próximo.
Se trata de Acción Popular (AP),
Alianza para el Progreso (APP), Democracia Directa (DD), Frente Amplio por
Justicia, Vida y Libertad (FAJVD), Fuerza Popular (FP), Partido Aprista Peruano
(PAP), Somos Perú (PDSP), Partido Humanista Peruano (PHP) y Partido
Nacionalista Peruano (PNP).
También, los Partidos Político Orden
(PPO), Popular Cristiano (PPC), Perú Más, Perú Patria Segura (PPS), Perú
Posible (PP), Restauración Nacional (RN), Siempre Unidos (SU), Solidaridad
Nacional (SN), Todos por el Perú (TP), Unión por el Perú (UPP) y Vamos Perú
(VP).
Buscan actualmente su inscripción,
además, Avanza País- Partido de Integración Social, Frente Popular Agrícola del
Perú (Frepap), Nación Verde (NV), Partido Político Nacional Perú Libre;
Progresando Perú, Progreso y Obras, Resurgimiento Peruano, Todos Unidos Por El
Perú y Triunfa Perú.
El director del ROP, Fernando
Rodríguez Patrón, indicó que desde el 2004 a la fecha unos 31 partidos
políticos perdieron su inscripción, pues hay cinco causales para la cancelación
de inscripción de un partido, según lo establece el artículo 13° de la Ley de
Partidos Políticos.
Uno de ellas señala que al cumplirse
un año de concluido el último proceso de elección general, pierde su
inscripción el partido que no alcance al menos a incorporar a seis
representantes en el Congreso, es decir el cinco por ciento (5%) del número
legal de miembros de legisladores, o haber alcanzado al menos el cinco por
ciento (5%) de los votos válidos a nivel nacional.
Otra causal para el caso de las
alianzas es cuando concluye el proceso electoral respectivo, ya que la
inscripción de dicha coalición queda cancelada salvo que sus integrantes
decidieran ampliar el plazo de vigencia de aquella, lo que deberán comunicar al
JNE a más tardar dentro de los 30 días naturales posteriores a la conclusión
del proceso electoral.
En tal supuesto, la alianza tendrá la
vigencia que sus integrantes hubiesen decidido o hasta que se convoque al siguiente
proceso electoral general.
La Ley de Partidos Políticos también
indica en su artículo 11° que los partidos políticos con inscripción vigente
pueden presentar candidatos a todo cargo de elección popular.
Cabe señalar, que de acuerdo al
cronograma electoral de las elecciones presidenciales del 2016, las actividades
preliminares de este proceso electoral empezarían desde noviembre próximo.
(ANDINA/#Actualidadcañetana #Cañete / Juvroh/Actualidad
Cañetana/Al Rojo Vivo/05-01-2015)
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