El Juzgado Mixto Permanente de la Corte
Superior De Justicia De Cañete declaro improcedente la demanda interpuesta por
el Sindicato De Trabajadores Municipales de la Municipalidad Provincial de Cañete
por ejecución de Laudo Arbitral.
El Juez Elmer Nicolás Velásquez Carbajal
dispuso el archivamiento del expediente una vez consentida y/o ejecutoriada la presente
resolución 6 expedida el pasado 4 de mayo del 2015.
El Magistrado encontró razón suficiente
para dictaminar su fallo, porque los derechos económicos otorgados a través de convenios o laudos
arbitrales, pueden ser exigidos por lo trabajadores por el Proceso Ordinario o Abreviado
Laborales es la vía adecuada y no a través de un proceso de ejecución al amparo
del último párrafo del artículo 17 de la Nueva Ley Procesal De Trabajo.
Desde el 2012 los trabajadores
exigieron el pago de sus bonificaciones lo que conllevo a paralizaciones laborales
en reclamo de sus demandas hasta un arbitraje que fallo a su favor en el 2014. Ante
el incumplimiento de las autoridades ediles de turno en su ejecución el proceso
legal no se hizo esperar. (Juvroh)
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