La Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales deja sin efecto acta de entrega de terreno a favor de Cañete
Actualizado el 29/10/2020 a las 16:38
La Superintendencia Nacional de Bienes
Nacionales (SBN), a través de la Resolución N° 0616-2020/SBN-DGPE-SDDI, dejó
sin efecto el acta de entrega provisional de cerca de 300 hectáreas que fueron
cedidas a Cañete, pese a encontrarse en territorio que está pendiente de
delimitación entre la región Ica y Lima. Tras este falló se mantiene sin
soberanía el área que también es demandada por la provincia de Chincha.
Como se recuerda el 12 de mayo de este
año, la SBN realizó la entrega del predio U.C. 90395, el cual se encuentra
ubicado a la altura del km 153.5 de la carretera Panamericana Sur. Este acto se
dio luego de que las autoridades de la provincia vecina solicitaran el terreno
para ser utilizado como cementerio de las víctimas del COVID – 19 y para el
arrojo de “los residuos sólidos de los hospitales, agentes contaminantes y de
carácter peligroso para la población”.
Rechazo a pedido de abogado
Luego de este proceso, el abogado
chinchano Lauro Muñoz Garay presentó una solicitud de nulidad del acta
provisional. Observó que el área no podía ser cedida a los cañetanos debido al
conflicto limítrofe existente. Además, cuestionó que los profesionales que
firmaron el acta no tenían “la representación legal de la autoridad de la Superintendencia
para haber tomado esa decisión y para haber intervenido en la diligencia” de
entrega de terreno.
El Gobierno Regional de Ica también
rechazó la disposición de Bienes Estatales y se organizó una comitiva en la que
se verificó el botadero y las inhumaciones que se habían efectuado en este
terreno. Por su parte, la ciudadana Esther Saavedra Tintaya solicitó la
paralización de la entrega provisional en favor de Cañete, argumentando que “en
el área en cuestión viven numerosas familias”.
Asimismo, la Secretaría de Demarcación
y Organización Territorial de la Presidencia de Consejo de Ministros precisó
que “el límite entre las provincias de Cañete y Chincha no se encuentra
definido por lo que no es posible determinar la ubicación o jurisdicción en la
que se encuentra el predio”. Teniendo en consideración esta información se
declaró improcedente la solicitud de transferencia interestatal presentado por
Cañete y se dejó sin efecto el acta provisional.
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