La Oficina Descentralizada de Procesos
Electorales (ODPE - Cañete) el lunes 15 de agosto, publicó la relación
definitiva de miembros de mesa, en los exteriores de su local principal ubicado
en calle Santa Rosa N° 646 Urb. Los Libertadores en San Vicente (Ref. a 2
cuadras del Banco de la Nación).
Participaron de este acto público, el Ing. Jesús Loayza Aramburú, jefe de la ODPE Cañete y el Dr. Federico Quispe Mejía, presidente del Jurado Electoral Especial de Cañete (JEE). Son en total 3,642 miembros de mesa entre titulares y suplentes, quienes ocuparán los cargos de presidente, secretario y tercer miembro, y tres suplentes respectivamente, los cuales previa capacitación, cumplirán un rol muy importante en la instalación, el sufragio y el escrutinio de las 607 mesas de sufragio que se instalarán.
La relación definitiva de miembros de mesa,
también será publicada en lugares públicos, por parte de los 16 coordinadores
distritales y 02 coordinadores de centros poblados (Carmen Alto y Pueblo Nuevo
de Conta del distrito de Nuevo Imperial).
Cabe indicar que, el cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del territorio de la república, estar incurso en una de las incompatibilidades señaladas en la ley o ser mayor de setenta (70) años, los miembros de mesa que participen de los comicios recibirán una compensación económica de S/.120.00 y los que no acudan, serán multados con S/. 230.00.
EXCUSAS Y JUSTIFICACIONES
Las excusas sólo pueden formularse por escrito,
sustentada con prueba instrumental, hasta cinco (5) días después de efectuada
la publicación de las listas definitivas de miembros de mesa. De conformidad
con los artículos 57° y 58° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones.
Las justificaciones, sólo se solicitan en caso
de enfermedad, debidamente acreditada con el certificado expedido por el área
de salud, y a falta de ésta por el médico de la localidad, los trámites se
realizan en la ODPE Cañete, desde el día siguiente de la publicación definitiva
de la relación de miembros de mesa y hasta antes de los cinco (5) días
naturales previos a la fecha de la elección, excepcionalmente, lo pueden hacer
al día siguiente de la fecha de la elección ante el Jurado Electoral Especial o
el Jurado Nacional de Elecciones, según el Artículo 253° de la Ley N° 26859,
Ley Orgánica de Elecciones.
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